Los trabajadores a tiempo parcial ya cotizan al 100%
Desde el pasado 1 de octubre se encuentra en vigor una importante modificación de la Ley de Seguridad Social que redefine las reglas del juego para los trabajadores a tiempo parcial en España. Esta modificación, respaldada por el Real Decreto-ley de marzo de 2023, cambia fundamentalmente la forma en que se contabilizan los periodos trabajados a tiempo parcial, reconociéndolos como días completos de cotización.
¿Por qué es tan importante esta noticia?
Impacto en las Mujeres y Empleadas del Hogar
Según el Informe del Mercado de Trabajo de las Mujeres del Ministerio de Trabajo y Economía Social, el 67,38% de las afiliadas en 2022 tenían contratos parciales. Además, el 95,48% de las afiliaciones en el Sistema Especial de Empleadas del Hogar están conformadas por mujeres. Esto significa que esta modificación afectará en gran medida a las mujeres, especialmente a las empleadas del hogar.
¿Qué cambia exactamente? ¿Cómo se contabiliza?
El Real Decreto-ley de marzo de 2023 modifica el artículo 247 de la Ley General de Seguridad Social de 2015. Esta modificación equipara el trabajo a tiempo parcial con el trabajo a tiempo completo a efectos del cómputo de los períodos cotizados. En otras palabras, cada día trabajado a tiempo parcial se considerará como un día completo para la Seguridad Social en términos de cotización.
Este cambio permitirá que las personas que han trabajado a tiempo parcial durante años, alcancen, al mismo tiempo que los trabajadores a tiempo completo, el período de cotización necesario para acceder a las jubilaciones y pensiones. Estos dos ejemplos ayudan a entender la importancia de esta medida:
1. Si una persona trabaja durante 10 años con una jornada parcial del 60%, esos 10 años contabilizarán a partir de ahora como 10 años completos en lugar de 6, que era lo que se hacía con anterioridad.
2. Antes del RD era necesario cotizar al menos 15 años para acceder a la pensión de jubilación. Si se trabajaba a media jornada, hacían falta 30 años para acceder a esta prestación. Esto ha cambiado y un trabajador a tiempo parcial que trabaje 15 años en situación de jornada parcial, tendrá acceso a una pensión de jubilación.
Tiene carácter retroactivo
Esta medida no solo se va a aplicar a partir del 1 de octubre, la Seguridad Social ha confirmado que es retroactiva y esta es otra de las causas de su gran repercusión laboral. La equiparación de la cotización de la jornada parcial con la jornada completa se aplicará a los períodos trabajados a tiempo parcial anteriores al 1 de octubre de 2023. No tendrá carácter retroactivo para los hechos que generaron derecho a prestaciones anteriores a esa fecha, así lo ha matizado también la Seguridad Social, pero sí para los que no lo hayan generado.
¿A qué prestaciones beneficia?
Este cambio no solo afecta a las pensiones de jubilación, también a las siguientes prestaciones:
- Jubilación
- Incapacidad permanente
- Muerte y supervivencia
- Incapacidad temporal
- Nacimiento y de cuidado de un menor
¿Sabías que ha sido una medida impuesta por la UE para reducir la discriminación de género a nivel laboral?
Independientemente de ello, en Medalva, aplaudimos fervientemente, esta medida que corrige una brecha de género que ha persistido en la vida laboral y las pensiones de las mujeres. ¡Un paso importante hacia la igualdad y la justicia laboral!
¿Qué te parece este cambio? ¿Eres un trabajador a tiempo parcial al que ha beneficiado esta modificación? Cuéntanos tu caso en los comentarios de este post.
Contenido supervisado por Estrella Álvarez, CEO de Medalva y asesora fiscal.